Por Favio Casarin (*)
“El colonialismo envilece por igual al colonizador y al explotado” - Álvaro Mutis
En un muy breve resumen –el tema da para mucho más-, trataré de demostrar como la minería, desde la dominación por la corona española, en nada cambió con los gobiernos patrios, y que, si bien llevamos más de 200 años de independencia, el esquema sigue siendo el mismo, y en algunos casos inclusive más regresivo que el modelo regalista extractivo de la época colonial, que continúa reflejado en la minería actual.
La minería en América tuvo un lugar preponderante en la época de la conquista y dominación española, principalmente la de plata y oro. En el segundo viaje de Colón se trajeron insumos, personal y tecnología adecuada para una explotación a nivel industrial, por aquello - aún vigente en el relato extractivista - de que “la minería necesita inversiones y tecnología que el país no posee ”. Allá por el año 1570 comenzó la explotación a gran escala en Potosí (Bolivia) y en Zacatecas (México).
Primero en Zacatecas se comenzó a utilizar el mercurio para la separación de la plata (casi 500 años después, la tecnología minera de estos lares no inventó nada, gracias a su política de bajo costo por ambiente). Con este método en pocos años se triplicó la producción de plata en Potosí. En Argentina, en esta etapa la actividad minera fue bastante escasa en comparativa, con centro en Jujuy y Salta.
El marco legal estaba dado por las Ordenanzas de Minería del Nuevo Cuaderno, sancionadas por España en el año 1584. En el siglo siguiente se sancionaron la Recopilación de Indias y las Ordenanzas de Minería del Perú. La característica principal, era que la propiedad de las minas pertenecían a la Corona, y se entregaban para su explotación a los particulares. El típico sistema regalista, que en Argentina sigue funcionando, y la corriente extractivista sin ponerse colorada publicita como “beneficioso para atraer inversiones”.
La explotación de las minas de plata eran cedidas mediante concesiones a particulares sin implicar la propiedad de la tierra, por un tiempo determinado (el Código de Minería actual, las concede a perpetuidad), previo pago de una cantidad determinada (el Código de Minería de hoy, las concede gratis), y entregando una quinta parte de lo producido a la Caja Real sin ningún tipo de descuento (hoy la Ley N° 24.196 establece un tope de 3% de regalías luego de varias deducciones y existen provincias que cambian regalías x obras). A fines del Siglo XVII, para las minas de Potosí, por su riqueza, se estableció un pago adicional del 1,5 %, que, como vemos, era un sistema más progresivo que el que rige actualmente en Argentina.
El sistema, en otros puntos también superaba al actual, ya que impedía la gran concentración de propiedades mineras. Las concesiones se otorgaban mediante pertenecías pequeñas por vetas o parte de estas, lo que posibilitaba la existencia de numerosos concesionarios, buscando evitar la concentración y favorecer la competencia.
Se aplicó durante la dominación de la corona española el sistema de la “mita minera”, un sometimiento a trabajo obligatorio de los indígenas, a cambio de un salario. Durante el siglo XVII los indios especializados lograron cobrar elevados sueldos pues solo ellos lograban hacer el trabajo de manera eficiente (también de aquella época viene el slogan de algunos referentes de hoy de que “la minería paga buenos sueldos”, como si esto fuera una razón de peso para convencer a los antimineros).
Los titulares de las minas gozaban de grandes privilegios, que luego en el Siglo XIX el Código de Minería plasmó y amplió profundizando el modelo de minería colonial, pese a que ya se había sancionado la Constitución Nacional: los juicios, en los que los mineros fuesen parte debían despacharse en las Audiencias con celeridad, para que no interfiriesen en su actividad. Las leyes prohibían que en ejecución de sus deudas se les tomasen sus esclavos y negros, las herramientas, o cualquier bien necesario para el ejercicio de su actividad.
En el Siglo XVIII aparecen regulados los contratos de avío, que consistían en préstamos que la banca otorgaba a los mineros para desarrollar la actividad, y que este pagaba con el producido de las minas. Se encontraba prohibido ejecutar al deudor con sus bienes personales. Hoy, en la minería en Argentina tras el cierre del BANADE, se eliminó el acceso al crédito a los productores, y tampoco se cuenta con un mercado de capitales local, donde estos puedan acceder a instrumentos de financiación.
En el año 1776, la región de Potosí –que ya había pasado por su máximo esplendor- pasó a depender del Virreinato del Río de la Plata con asiento en Buenos Aires, enfocada más en otro tipo de industrias y convulsionada políticamente desde fines de ese siglo. Instalados los gobiernos patrios a partir de 1810, la Asamblea de 1813 prohibió la mita que obligaba a los indios al trabajo en las minas.
Otro hito de la Asamblea del año 1813, fue la sanción de la primera ley de fomento minero, dictada el 7 de mayo del mismo año. Entre sus disposiciones más importantes se encontraban la liberación de aranceles a la importación de maquinaria y utensilios destinados a la explotación minera; la posibilidad de que los extranjeros pueden denunciar minas en el territorio de las Provincias Unidas, incluyendo la libre disponibilidad de enviar sus bienes al extranjero; y la creación de un Tribunal Minero con asiento en Potosí.
La actividad minera fuera de Potosí, se concentraba principalmente en las regiones de Famatina (hoy objeto de grandes movimientos antimineros) y Uspallata (Mendoza, que actualmente prohíbe la actividad minera). Zonas aún óptimas para la actividad minera, que el extractivismo de hoy con su política pro lobby y anticomunicacional, ha perdido.
Con la independencia de 1816, comienza la lucha de poder entre unitarios y federales, y las provincias también comienzan a concentrar el manejo de los recursos existentes en su territorio. El esquema de las Ordenanzas del Siglo XVIII, con muchas concesiones para evitar la concentración, comienza a ser dejado de lado. Tal es así que el gobierno de Buenos Aires en 1823 -vía la invención de Bernardino Rivadavia-,constituye una compañía minera con sede en Inglaterra, atento incentivar al extranjero a poner los ojos “en el desarrollo minero argentino” (el mismo discurso de los extractivistas de hoy, pero 200 años antes). Así nacieron Famatina Mining Company,Rio de la Plata Mining Association, La Compañía Sudamericana de Londres y la Compañía Explotadora de las Minas de la Provincia de Córdoba. Todas constituidas como sociedades anónimas en Londres, y con casi los mismos accionistas, una especie de mentores de los lobbystas extractivos de hoy.
Por aquellos años, el país no estaba constituido como Nación. Se carecía de una política minera nacional, estando la misma en manos de las provincias (lo mismo que hoy, pese a ser Nación). Las luchas intestinales de la época, además, terminaron por hacer caer en fracaso el desarrollo minero, al mismo tiempo que tomaba impulso la idea del país agrícola-ganadero (que aún sigue, al igual que el fracaso minero).
Con la sanción de la Constitución Nacional en 1853, toma impulso la actividad privada minera y se destacan la creación de compañías mineras (con capitales nacionales y extranjeros) que trabajaron en minería metalífera, principalmente en La Rioja, Catamarca, San Juan, San Luis, Córdoba y el NOA.
En 1860 se creó la Inspección General de Minas de la Nación, entonces como hoy dependiente de algún ministerio, en este caso del Interior. Con distintos nombres, pero con la misma función, luego pasó a depender del Ministerio de Hacienda, luego de Agricultura, y así sucesivamente en los últimos 150 años, hasta hoy, convertida en una ventanilla que carece de funcionamiento como formadora de políticas mineras.
En 1887 se sancionó el Código de Minería de la Nación, que no varió la legislación de las Ordenanzas Coloniales vigentes hasta ese momento, y hasta la empeoró. Un sistema que otorga concesiones con facilidad, que ha permitido que tengamos miles de minas denunciadas, pero con escasa minería y ha fomentado el supermercado minero de especuladores que sin costo adquieren concesiones que tienen por años sin inversión, a los fines de comercializarlas, mientras los Estados provinciales y Nacional miran sentados. El caso del litio en el NOA es un claro ejemplo de este desvarío.
El Código de Minería en 130 años tuvo algunas reformas, ninguna significativa que lo saque de su visión colonial, salvo la incorporación de la protección ambiental en 1995. Desde hace años, cada provincia respeta lo que le conviene del Código y lo modifica a su antojo. Mientras, la Nación hace la plancha. Resultado: siete provincias con la minería prohibida (próximamente ocho y puede haber más).
Hacia fines del siglo XIX,ocurrió algo novedoso, que pudo sacar a la minería del letargo, y fue la apertura de la Bolsa de Buenos Aires a la cotización de compañías mineras. Duró poco, y ya en la segunda década del siglo siguiente desaparecieron al decaer la actividad. Hoy, la minería de vanguardia que imaginan y venden los extractivistas, pese a la existencia de compañías operando proyectos importantes, no fue capaz de reinventar un mercado de capitales local, por aquello de que para pedir, antes tengo que mostrar.
Hacia la segunda mitad del siglo XX, hubo algunos acontecimientos importantes, que al menos intentaron darle a la minería un desarrollo industrial y no puramente extractivista. Aquellos hombres, al menos tenían un poco de autoestima, que iba más allá del negocio. Así ocurrió con instalación de algunas fundiciones en Jujuy, y con un Estado Nacional activo que intentaba torcer el rumbo colonial, y así sucedieron: la creación de la Dirección General de Fabricaciones Militares y de Altos Hornos Zapla en 1941, del Banco Nacional de Desarrollo en 1946, de la Comisión Nacional de Energía Atómica en 1950, de Yacimientos Carboníferos Fiscales en 1951, de YMAD en 1958, de HIPASAM en 1968. Por el lado de los Planes (planes en serio, no como los llamados estratégicos o mesas de los últimos años): el lanzamiento del Plan Siderúrgico Argentino en 1941, del Plan de Fomento Minero en 1950, de los Planes de investigación Cordilleranos, Patagonia Comahue, NOA en los 60/70.Estrategias que posibilitaron, además, un acercamiento de la minería con el pueblo, que el extractivismo de hoy espanta.
Tal vez el hito más importante de aquellos años, fue la reforma constitucional de 1949, que establecía: “los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias”.
Estas políticas posibilitaron pasar de una participación de la minería en el PBI de entre 0,5/ 0,7 % a un 1/ 1,2 % en la década del 1960/1969, además de producirse los grandes descubrimientos de yacimientos metalíferos, estudios geológicos de base y cartografía. Todo financiando por el Estado Nacional. Vale la pena recordarlo, porque algunos creen que la minería comenzó en este siglo con Veladero y con inversión privada.
Con la reforma constitucional de 1994, el dominio de los recursos naturales pasó a las provincias (grueso error altamente perjudicial para un país como el nuestro, con los pésimos resultados que eximen de mayores comentarios porque están a la vista), al mismo tiempo que ocurrió el cierre, desmantelamiento, o inoperatividad de todas las empresas del estado, de los organismos y de los planes. La inversión que el Estado realizó en exploración posibilitó el descubrimiento de los yacimientos de minerales que desde fines de los noventa en adelante pasaron a ser operados por corporaciones multinacionales, que los recibieron a modo de ganga y sin haber realizado ninguna inversión de riesgo para descubrirlos.
Este modelo de colonialismo regresivo, sumado al desentendimiento de la Nación, la creación de feudos provinciales, y la operación en manos de compañías extranjeras, no solo no ha hecho crecer la industria, ni le sirve al país (la participación de la minería en la economía sigue alrededor del promedio del 0,5 % PBI como en los siglos pasados), sino que ha sumado una alta desconfianza en la población, prohibiciones a la actividad y una conflictividad social en aumento que amenaza trasladarse a otras industrias.
Si queremos que la minería crezca y salga del letargo de varios siglos, empecemos por descolonizarla, tanto en la normativa, en la operatividad, y sobre todo, en la cabeza.
(*) Geólogo y Abogado
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