ARGENTINA | 21 de Noviembre de 2024
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El legado de la minería en San Antonio Oeste: La Multisectorial del plomo denuncia retrocesos en la remediación ambiental

Día de la Minería: La contaminación de plomo en la tierra y en las venas de miles de sanantoniense no encuentra un punto final. El grave daño que impactó, e impacta, sigue en la actualidad, pero es más que grave con las maniobras permanentes de la Secretaría de Minería de la Nación. En este artículo la Multisectorial del Plomo (MSP) manifiesta las idas y vueltas, los incumplimientos, la deuda generada y se verifica así la falta de transparencia para hacer la remediación. Queda manifestada la inoperancia del Estado, la complicidad e inutilidad de los funcionarios actuantes y de cómo éstos, se burlan de la justicia y del pueblo.

La contaminación de plomo en la tierra y en las venas de miles de sanantoniense no encuentra un punto final. El grave daño que impactó, e impacta, sigue en la actualidad, pero es más que grave con las maniobras permanentes de la Secretaría de Minería de la Nación.

En este artículo la Multisectorial del Plomo (MSP) manifiesta las idas y vueltas, los incumplimientos, la deuda generada y se verifica así la falta de transparencia para hacer la remediación. Queda manifestada la inoperancia del Estado, la complicidad e inutilidad de los funcionarios actuantes y de cómo éstos, se burlan de la justicia y del pueblo.

Hasta el año 1979 la empresa Geotécnica S.A. produjo en San Antonio Oeste concentrado de plomo y de zinc a partir de minerales extraídos de la Mina “Gonzalito”. Las escorias del proceso se depositaron a cielo abierto sobre suelo desnudo en terrenos ubicados al oeste de la Localidad, que hoy representan una barrera infranqueable para la necesaria expansión urbana. Un volumen más pequeño de escorias se acumuló en los fondos del terreno en el que funcionaba la fundición, hoy en el centro de la ciudad. A mediados de la década del ’80 la empresa se declaró en quiebra y desapareció, abandonando los depósitos sin intervención alguna del Estado.

Consecuencias en la salud humana
Los metales contenidos en los depósitos de la escoria incluyen algunos de elevado riesgo carcinogénico. Otros, como el plomo son especialmente dañinos en los niños de corta edad. Exposiciones de escasa magnitud pero sostenidas en el tiempo, resultan en alteraciones neuromotoras, pérdida irreversible de la inteligencia y problemas de conducta.

En el caso particular de San Antonio Oeste, el 64% de ellos presentó en el año 2005 niveles de plomo en sangre superiores a los 5 ug/dl.

Geamin y el Primer Acuerdo Multilateral
En noviembre del año 2007 el Gobierno Nacional suscribió con el BID el CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1865/OC-AR, “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector Productivo”. El Suprograma II “Gestión Ambiental Minera” (Geamin), recibía financiamiento por 25.7 millones de dólares, de los cuales 4 millones de dólares se afectaron a la remediación de los pasivos ambientales mineros en San Antonio Oeste.

En septiembre de 2009 la Nación y el Gobierno de la Provincia suscribieron el “ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN, COLABORACIÓN Y GESTIÓN ASOCIADA PARA LA EJECUCIÓN DEL “SUBPROGRAMA GESTIÓN AMBIENTAL MINERA” (GEAMIN) – DECRETO 1523/07”. En su artículo III. 8, la Nación asumió entre sus obligaciones: “Realizar la evaluación detallada y el proyecto de remediación en el área de la ex Fundición de la Mina Gonzalito en la Localidad de San Antonio Oeste, y su obra de remediación (..)”

URS Corp. - EWS
En 2010 se contrató a URS Corp. para la realización de la Consultoría requerida. Nunca se explicó la demora en la ejecución de los fondos que se habían afectado en 2007, demora que se acentuó durante el proceso de elaboración del Estudio Detallado de la Contaminación, el Programa de Remediación y finalmente el Proyecto Ejecutivo de la obra, un proceso extremadamente controvertido, caracterizado fundamentalmente por su falta de transparencia.

A inicios de 2015 se adjudicó la obra de remediación a Ezequiel Walter Silva, por entonces monotributistas y sin antecedentes en obras de este tipo. La obra proyectada incluía la ejecución de una celda de seguridad en Mancha Blanca, y la remoción y traslado a la celda del material contaminado de los depósitos de La Fundición, El Autódromo y La Estanciera de San Antonio Oeste.

La obra se inició promediando el 2015, pero ya a mediados de 2016 se habían detectado deficiencias tan severas en la ejecución de la celda de seguridad que la Secretaría de Minería decidió rescindir el contrato.

Segundo Acuerdo Multilateral
En julio de 2016 se suscribió el “ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA SECRETARÍA DE MINERÍA DE LA NACIÓN, LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO Y LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE”.

Entre las obligaciones asumidas por la Nación se explicitó: “Ejecutar la Obra de Remediación Ambiental financiada con recursos del Estado Nacional y del Banco Interamericano de Desarrollo (…)” Taym S.A.

En una nueva licitación se adjudicó la obra a la empresa Taym S.A., que completó la celda de disposición, iniciando posteriormente la remoción y el traslado del material contaminado.

Pero a mediados de 2017 aparecieron los primeros indicios de fallas severas en la estimación de los volúmenes de suelo a remover por parte de URS. En los meses subsiguientes se observó una obra cada vez más desordenada, acentuándose las inobservancias a las medidas de seguridad.

En marzo de 2018, a pesar de que no se habían alcanzado los objetivos de remediación, Geamin comunicó que consideraba extinto el contrato con Taym, ya que el presupuesto de proyecto había sido agotado.
En mayo de 2018 Taym desarmó sus obradores en San Antonio Oeste.

Informe de la Auditoría General de la Nación
En 2019 la AGN aprobó el “Informe de auditoría de control de gestión ambiental” en el caso San Antonio Oeste. Resultan como hallazgos sobresalientes de la auditoría que: “Las metas de Geamin vinculadas al problema de contaminación (…) no han sido cumplidas”. (…) “El plan de remediación no fue eficaz. Hubo falta de metodología adecuada para caracterizar y medir los alcances de la contaminación y los riesgos de la intervención, así como también fallas de control de los organismos intervinientes e insuficiencia de los fondos afectados a la obra de remediación”. (…) “La estructura, acciones y procedimientos de gobernanza dispuestos en el Subprograma II del Geamin en lo relativo a la remediación de San Antonio Oeste, a cargo de la Secretaría de Minería, no fueron cumplidos”

No puede dejar de citarse lo manifestado por el entonces Presidente de la AGN, Oscar Lamberto: “Este es un típico caso de pasivos ambientales y las obligaciones de las empresas, que en general, nunca las hacen, las hacen tarde o las hacen mal, y quedan consecuencias para las generaciones futuras que a veces son muy graves. En este caso se trata de minas de plomo, que tienen efectos en la salud de las personas.”

El recurso de amparo
Al suspenderse los trabajos en marzo de 2018, miembros de la Comisión Multisectorial por el plomo en San Antonio Oeste, presentaron ante la Justicia Federal, impulsados por las firmas de más de mil vecinos, un recurso de amparo solicitando que se exigiera a la Nación completar los trabajos a los que se había obligado para la remediación de los pasivos ambientales mineros en San Antonio Oeste. Se solicitó además como medida cautelar la remediación urgente de las calles y veredas del Frente La Fundición, un sector residencial de la planta urbana que presenta niveles de contaminación alarmantes. En el caso del plomo, mientras que la concentración máxima planteada por la ley para suelo residencial es de 500 ppm, un documento emitido por Taym en septiembre de 2018, informa concentraciones de decenas de miles de partes por millón del contaminante en superficie. Pero también son incompatibles con el suelo residencial las concentraciones de arsénico, cobre y cinc.

El 17 de abril de 2018 la Jueza Federal resolvió “Hacer lugar a la medida cautelar peticionada y ordenar al Estado Nacional –Ministerio de Minería y Energía de la Nación -Secretaria de Minería y Energía de la Nación-, que arbitre en forma urgente las medidas necesarias para remediar los sitios contaminados identificados como calles y veredas de las Manzanas 383 y 384 de San Antonio Oeste (…).”
La orden, ratificada incluso por la Cámara, sigue incumplida a la fecha.

Graves retrocesos
El Secretario de Minería de la Nación, Alberto Hensel, manifestó en San Antonio Oeste el pasado 11 de marzo, que se habían “preservado los fondos y recursos del presupuesto para darle continuidad al Proyecto”, y que “no hay un problema presupuestario; lo que se busca es salir de la situación actual para proteger la salud de la población. En tal sentido, la próxima semana se citará a la empresa para terminar la negociación”, manifestó.

El 18 de marzo efectivamente mantuvieron una reunión con la empresa Taym. Resultó de la misma “que la propuesta económica preliminar presentada por la firma supera notablemente las estimaciones realizadas por el equipo de la Secretaría”.

Hacer una estimación presupuestaria para ejecutar una obra cuyas indefiniciones pueden significar condiciones tan disímiles como transportar material contaminado a 90 km, a 220 km, o a 1.100 km; la necesidad de construir una nueva celda o no, es bastante extraño. Con diferencias tan groseras, los presupuestos también resultarían groseramente diferentes En este contexto, no queda claro qué significado tiene “haber preservado los fondos”, o no tener un problema presupuestario.

Mientras tanto, la Secretaría de Minería propone un nuevo acuerdo
En este contexto de indeterminaciones, la Secretaría de Minería propone la suscripción de un Acuerdo y lo presenta -con las firmas de la Provincia y la Municipalidad- ante el Juez del amparo, que la había intimado a proporcionar respuesta concreta respecto de la remediación ordenada judicialmente en 2018.

Pero la única respuesta proporcionada por la Secretaría de Minería es un documento innecesario e irrelevante a los fines de la remediación, que comunica que todos están de acuerdo en “avanzar”, sin especificar cómo, cuándo o con qué.

Sin embargo, el pretendido acuerdo no es simplemente ambiguo; por el contrario, es muy claro en términos de un grave retroceso en cuanto a los compromisos y obligaciones asumidos por la Nación en los Acuerdos anteriores:
1) La cláusula PRIMERA del Acuerdo, que establece el Objeto del mismo, excluye la remediación correspondiente a los Frentes de El Autódromo y La Estanciera, limitando los compromisos de la Nación con respecto a estos frentes al mero establecimiento de una línea de base ambiental.
2) La cláusula OCTAVA del Acuerdo deja sin efecto el Acuerdo suscripto en 2016, y en particular las obligaciones asumidas por la Nación con respecto a lo señalado en el punto 1).
3) La cláusula SEGUNDA refiere gruesas indeterminaciones con respecto al sitio de disposición final del material a remover de las calles y veredas de La Fundición. Siendo éste el aspecto central de la intervención a ejecutar en calles y veredas de La Fundición, no puede hablarse de avances en ningún sentido si aún se desconoce cómo resolver este tema.
Las alternativas planteadas carecen de profundidad, detalle, análisis de viabilidad o presupuesto, por lo que constituyen sólo un mero listado de ideas preliminares.
En síntesis, este nuevo “Acuerdo” vino a eliminar algunos de los compromisos del Estado Nacional, diluir otros y dilatar plazos ad-infinitum para todas las autoridades.
Sobre la Cooperación Técnica No Reembolsable

Por otro lado, la cláusula TERCERA del nuevo Acuerdo, que recoge las indeterminaciones antes referidas, agrega que el Informe correspondiente a la línea de base ambiental sería realizada por la firma TAYM. Pero esta tarea la estaba llevando adelante la firma Neoambiental, contratada por el BID en el marco de una Cooperación Técnica No Reembolsable en base a acuerdos firmados en 2019 entre la Nación y el Banco. La Cooperación Técnica, con una asignación presupuestaria de u$s250.000.- manejados exclusivamente por el Banco, preveía además de la determinación de la Línea de Base, la elaboración del Proyecto Ejecutivo para la llamada Fase II de la Remediación, esto es la remediación de las pilas y suelos contaminados de “El Autódromo” y “La Estanciera”, cuyo destino ahora se desconoce, así como el de los fondos asignados.

Reflexión final:
Esperando que las comunidades otorguen licencia social a los nuevos proyectos mineros, se prometen controles ambientales estrictos y se garantiza sostenibilidad absoluta. Pero simultáneamente se dedica tiempo y esfuerzo, y se utiliza el derecho, la comunicación y la política, para evitar cumplir los compromisos asumidos para resolver problemas de contaminación generados por la minería en el pasado; problemas que enferman y empobrecen a las comunidades que los sufren.

Está claro que para el Estado es mucho más atractivo autorizar un proyecto minero de impacto predecible que recomponer luego el desastre que el proyecto ha ocasionado, aunque cuando se disponga de los fondos requeridos. En San Antonio Oeste podemos decir, sin temor a equivocarnos, que cuando es tiempo de hacerse cargo, las comunidades se quedan solas.

Mientras esto siga ocurriendo, la credibilidad de las empresas y las autoridades mineras seguirá cayendo, incluso hasta el punto de no retorno.

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